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¿No más presos por cannabis? Lo que dicen la ciencia y las normas sobre esta planta

Enfocados en derechos de las personas y en evidencias científicas sobre los efectos de la cannabis.


De acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 30681, "Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados" (Decreto Supremo Nº 005-2019-SA) en Perú, el Estado tiene la obligación de implementar "medidas para facilitar el acceso del Cannabis para uso medicinal y sus derivados". Ni esta disposición complementaria final, ni el objetivo de la Ley Nº 30681 - "garantizar el derecho fundamental a la salud y permitir el acceso" a cannabis con fines medicinales- ni otras disposiciones sobre el "uso informado", se están cumpliendo actualmente.


La planta cannabis sativa tiene cientos de compuestos orgánicos con efectos terapéuticos comprobados. Estas sustancias se encuentran en las flores y sus derivados. En términos de ciencia y botánica, no existe un "cannabis medicinal" y otra categoría como "cannabis no medicinal". Lo que sí hay son cerca de 2,000 variedades, las que presentan distintas concentraciones de los principales fitocannabinoides: cannabidiol (CBD), tetrahidrocannabinol (THC), cannabinol (CBN), cannabigerol (CBG), entre otras. En resumen: es el uso que se le da a la planta lo que hace la diferencia.


¿Es "cannabis medicinal" cuando es un aceite y deja de serlo cuando es hierba vaporizada o fumada? No. Las personas que fuman o vaporizan cannabis pueden tener efectos similares a las personas que consumen aceites o tinturas, lo que varía es el tiempo en el que se siente el efecto y la duración de este. Como se ve en la siguiente tabla del médico Peter Gámez, estas solo son dos vías de administración para cannabis.


A propósito del estigma que existe contra las personas que vaporizan y/o fuman cannabis, debemos señalar que en el 2017 la Academia Nacional de Ciencias de Estados Unidos publicó un informe especial sobre la cannabis. En este documento científico, señaló que existen efectos terapéuticos concluyentes del THC para casos de dolor crónico.

Los estudios que se realizaron para llegar a esta conclusión fueron realizados en pacientes que fumaban y/o vaporizaban cannabis alto en THC. 


El THC y la vía vaporizada de cannabis están permitidas por la normativa peruana. En el reglamento de la ley, se define como "cannabis para uso medicinal" a las flores con igual o más de 1% de THC. Lo único que se excluye es el "uso fumado", que es distinta a la vaporización, ya que en esta última no hay combustión ni fuego de por medio. Por otro lado, al definir al "cannabis no psicoactivo", el Estado peruano declaró al CBD como como "sustancia no controlada" y excluida de fiscalización sanitaria.


Al respecto, la Organización Mundial de la Salud (OMS), señaló, en un informe del 2018 dirigido a las Naciones Unidas (ONU), que esta sustancia era segura: no hay riesgo de abuso ni dependencia por ella, así como no representa un problema de salud pública.


Casi tres años después de aprobada la ley en Perú y más de dos de aprobado su reglamento, actualmente en nuestro país, las personas que necesitan o desean acceder a un producto de "cannabis para uso medicinal" (con igual o más de 1% de THC) no tienen ningún lugar donde conseguirlo. Lo que está vendiendo la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) en un solo lugar en todo el país es CBD, que como mencionamos anteriormente es "sustancia no controlada". A pesar de esto, para comprar este producto, las personas deben estar registradas ante la autoridad de salud, hacerse presentes en la farmacia institucional de DIGEMID, ubicada en San Miguel, Lima; y presentar una receta médica simple, la que quedará retenida por la institución. 


En ese contexto, agravado por la pandemia por el Covid-19, los y las pacientes se están viendo impulsadas a acudir al mercado informal, que ya viene abasteciendo de medicinas a doctores/as y pacientes desde hace al menos cuatro años.


La mayoría de personas (70%) que respondió una encuesta, realizada por Sativa Info, 'Centro de Estudios del Cannabis' y 'Cannabis Gotas de Esperanza' durante la cuarentena, señaló que no ha podido acceder a su medicina.



51% respondió que no hay disponibilidad en su ciudad y 78% está a favor de que se respete su derecho a cultivar de manera personal o asociativa. Además, 45% propone que se realicen análisis de calidad a los productos que ya vienen usando con buenos resultados, pero cuyos productores han quedado al margen de la ley vigente.


Precisamente, el 26 de junio, en el llamado "Día Mundial Contra Las Drogas", a propósito de un operativo policial relacionado a cannabis, el congresista Alberto de Belaunde (Partido Morado) afirmó, en su cuenta de Twitter, que "nadie debería ir preso por marihuana".

Más allá de este caso particular, hay algunas cuestiones legales que vale la pena aclarar. El abogado Pedro Vera Ortiz, especialista en derecho del medio ambiente y recursos naturales, conocido como The Stoners Lawyer" precisa que, si bien la cantidad máxima "no punible" para portar cannabis es 8 gramos, lo que se pena es la venta, el tráfico, pero no la sola posesión. 

"No existe delito de posesión. En caso se quiera acusar por micro-comercialización, tiene que haber prueba de la compra. Tienen que probar culpabilidad, comprar tampoco es delito. Muchas veces asustan y se busca extorsionar a la gente y todo esto se presta para corrupción".

Vera Ortiz aclara que tampoco es delito consumir cannabis en la calle y que la única diferencia con fumar tabaco/nicotina/alquitrán sería el aroma.

"Lo único ilegal es vender, no comprar ni consumir ni sembrar para el propio uso".

En ese sentido, señaló que "hay un desfase entre la ley y la realidad".


Una de las preguntas que surgen cuando vemos que se reconocen los efectos medicinales de la cannabis es: ¿por qué se siguen quemando las flores/plantas incautadas?

"Queman las plantas cuando las incautan, pero lo que podría hacerse es una interdicción administrativa, mediante la cual el Estado coge el bien y lo retiene para darle un buen uso. Es absurdo que la sigan quemando cuando se le pueden dar diversos usos en lugar de incinerar. Además, es una práctica contaminante, dañina para el medio ambiente, que implica gastos de recursos públicos y afectación a la propiedad".

Al respecto, debemos señalar que instituciones estatales tienen herramientas y materiales para analizar las flores de cannabis incautadas. Con cromatógros, por ejemplo, se podrían medir las cantidades de fitocannabinoides. También se debería analizar la presencia de metales pesados y pesticidas. En caso se determine que es apta para consumo humano, se podría dejar en manos de la Autoridad Nacional de Salud la decisión de darle un uso en beneficio de personas con enfermedades a las que la cannabis les podría ayudar.


Otra paradoja de lo que ocurre en Perú, señala el abogado Vera Ortiz, es que la mayoría de personas que termina yendo presas son de bajos recursos, mientras los que tienen capital invierten en empresas de cannabis y pueden hacer negocios libremente.

"Las personas se siguen yendo presas cuando se están empezando a hacer negocios con cannabis. En Perú, como en otros países, los presos suelen ser pobres, se suele arrestar a los agricultores y cultivadores que están en el campo. Hay una criminalización innecesaria", afirma.

Desde Sativa Info, preferimos hablar tomando en cuenta los derechos de las personas y las evidencias científicas sobre los efectos de la cannabis y otras sustancias. En ese sentido, llama la atención que muchas drogas con dosis letal en humanos o con altos niveles de dependencia sean legales y que otras que son menos peligrosas, como la cannabis, estén "prohibidas".






Actualmente, está pendiente que la Comisión de Estupefacientes de la ONU debata la posibilidad de retirar a la cannabis de la lista de drogas peligrosas y sin usos medicinales. El informe de la OMS reconoce efectos terapéuticos de esta planta.


- Importante: para un uso responsable lo básico es estar bien informado. Consulte fuentes científicas reconocidas y/o con un profesional de la salud capacitado en cannabis.


[Foto de portada: El Contribuyente de México]

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